Vista la diligencia anterior suscrita por el ciudadano José Ramón Michelena Yépez, identificado en autos, asistido por el abogado JOSE MONTILLA, Defensor Público Segundo en materia Agraria, adscrito a la Defensa Publica del Estado Carabobo, actuando en su carácter de representante judicial de la parte actora, este Tribunal conforme a lo solicitado: PRIMERO: Con respecto a la citación de la demandada de autos mediante cartel, este Tribunal acuerda, LA CITACION MEDIANTE CARTEL de emplazamiento a la ciudadana CANDELARIA DEL PILAR BRUN MARTIN, titular de la cédula de identidad Nº E-81.243.280, de conformidad con el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En tal sentido, se procederá a fijar un cartel en la morada de la referida, y otro en la puerta del Tribunal. Así mismo se ordena la publicación del cartel por la prensa, a costa del interesado, en dos (02) diarios de mayor circulación regional de esta entidad federal, a cuyo efecto se indican los diarios "EL CARABOBEÑO" y .....