VI. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el presente decreto conforme a los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, a favor de la Sociedad Mercantil "CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L", originalmente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, bajo el Nro. 26, Tomo 16-A, en fecha 07/03/1986, modificando su domicilio al actual según asiento inscrito en la misma Oficina de Registro el 11/10/1990, bajo el Nro. 37, Tomo 5-A y en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distr.....