DISPOSITIVA
Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO SEDE PUERTO CABELLO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA FALTA DE COMPETENCIA POR EL TERRITORIO en la presente acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos MIGUEL DEL CARMEN DELGADO BLANCO y GIOVANNI ABIGAIL GOMEZ NIÑO, ya identificados, con domicilio en la calle Montes de Oca c/c Rondón y Vargas en la localidad de la parroquia El Socorro, municipio Valencia, Estado Carabobo; a través de apoderado judicial Abogado JOSE ÁNGEL APONTE HERRERA, inscrito en el IPSA Nº 86.676., contra la presunta agraviante Entidad de comercio ASADOS VENEZOLANOS, C.A., ( Asados El Bosque); inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Aragua, y luego inserta en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judi.....