Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, UNICO: EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, seguida en contra del ciudadano JEAN CARLOS CASTILLO LANDINES, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-19.990.245, VALENCIA, ESTADO CARABOBO, nacido en fecha 08-10-89, de 29 años de edad, de profesión u oficio Laboratorio Óptico, estado civil: soltero, grado de instrucción: Bachiller, hijo de: Carlos Castillo (V) y Nancy Landinez (V), residenciado en: calle Anzoátegui casa 8853 la candelaria estado Carabobo Teléfono: 0412-345-30.95, de conformidad con lo previsto en el artículo 49, numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y por corolario DECRETAR el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en su c.....