Conforme a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo – Sede Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad contra la Providencia Administrativa No. 00078, de fecha 04 de marzo de 2015, que corre inserta en el expediente No. 049-2013-01-01152, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo que declaró CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN PARA DESPEDIR al ciudadano MARCOS ALEJANDRO GUANIPA NARZA recurrente de autos plenamente identificado. SEGUNDO: En virtud de lo anterior se ANULA la Providencia Administrativa No. 00078, de fecha 04 de marzo de 2015 emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Cara.....