En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
CON LUGAR la falta de cualidad de la sociedad de comercio GENERAL MOTORS VENEZOLANA C. A
SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano LUIS ENRIQUE BENITEZ CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, médico, titular de la Cédula de Identidad N° 7.070.109, en contra de las sociedades de comercio "C. A. DANAVEN DIVISION TRACTION TECHNOLOGIES ", inscrita en el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de mayo de 1968, bajo el Nº 47, Tomo 31-A, y GENERAL MOTORS VENEZOLANA C. A., inscrita originalmente por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 27 de j.....