Este Tribunal Decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida a JOSÉ DAVID GUEVARA, (sin datos aportados por el Fiscal), por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de MARGARITA CASTILLO, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 numeral 8 ejusdem, y en base a lo establecido en el artículo 108 ordinal 4 del Código Penal. Remítase al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal para su posterior remisión al Archivo Judicial. Notifíquese. Líbrense Oficios.