este Juzgado Undécimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION de la Instancia y extinguido el proceso de calificación de despido.
Notifíquese al demandante de la Presente decisión y al Procurador General de la República, de conformidad con el artículo 94 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para que una vez que conste en autos las resultas, sea remitido el presente expediente al Archivo Judicial, para el resguardo del mismo