DISPOSITIVO
En orden a los razonamientos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano ARCÁNGEL MORALES ES, titular de la cédula de identidad No. V- 5.686.466, por cobro de PRESTACIONES SOCIALES, contra de PATRICIO VARELA.-
En el caso de autos no hay condenatoria en costas en virtud de que el salario promedio del actor no supera 3 salarios mínimos de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo .-