III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL MORALES BERMÚDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.650.542, mediante su apoderada judicial la abogada ROSA VICTORIA PERNÍA DE SANGRONIS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 320.032, en contra de la ciudadana DANIELA MARÍA PEÑA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.810.710. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha en fecha 16 de diciembre de 2016, por ante oficina de Registro C.....