REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 12 de Marzo de 2015
204º y 156º
Vista la diligencia presentada el 06/03/2015, por el ciudadano JOSE INOCENTE SARMIENTO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.876.059, quien actúa en nombre propio y en representación de sus intereses particulares e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.839; éste Juzgado Agrario acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, y visto que se ha cumplido con el tramite respectivo, ordena devolver las resultas de la Solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), constante de noventa y siete (97) folios útiles de la presente solicitud, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos, igualmente, se ordena expedir una (01) copia certificada de la presente solicitud y una (01) copia certificada de la sentencia que .....