INDEMNIZACIÓN POR CONCEPTO DE DESPIDO: El actor reclama la suma de Bs. 3.885.000,00; alegando que como consecuencia del despido injustificado del que fue objeto dicha suma no le fue cancelada en su debida oportunidad, por lo que se condena a la demandada a cancelar el referido monto de Bs. 3.885.000,00; equivalente a Bs.F. 3.885,00.
Consecuencia de lo expuesto se condena a la demandada de autos empresa ALIMENTOS LA CARIDAD, C.A; por concepto de Cobro de prestaciones sociales; a la cancelación de la suma de TRECE MILLLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA BOLÍVARES (Bs. 13.233.790,00); equivalente a Bs.F. 13.233,79; respecto de su obligación con el demandante ciudadano SIMÓN CORONEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.708.206.
Igualmente se condena a la empresa demandada a la cancelación de los intereses sobre las prestaciones sociales, previstos en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, los cuales se calcularán mediante experticia complementaria.....