III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana MARIHU ANDREINA TOVAR MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.167.284, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 135.595, apoderada judicial, de los ciudadanos CRISMAR ALEXANDRA DUQUE RODRÍGUEZ y ALBERTO JAVIER CAYAMA OLLARVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.430.317 y N° V-22.005.467.
En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 02 de junio del año 2022, por ante la Ofici.....