DECISIÓN
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, y SIN LUGAR, LA JUBILACIÓN incoada por el ciudadano: JONNY MANUEL GUEDEZ ROJAS, contra la Empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINSTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), plenamente identificados en autos. En consecuencia se ordena que una vez transcurrido el lapso establecido por la Ley sin que las partes hayan ejercido los recursos pertinentes, se remitirá el expediente respectivo al Archivo Judicial correspondiente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juici.....