este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia declina la competencia a un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.