PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano, JORGE ALBERTO MARTINEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Número: 4.401.547, contra la sociedad de comercio TRANSPORTE ACAYMO, C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 01 de noviembre de 1978, anotada bajo el N°. 2, Tomo 69-C, , condena a esta a cancelar los siguientes montos y conceptos:
1.-) Indemnización de antigüedad: Bs. 10.200.000,00.
2.-) Preaviso omitido: Bs. 900.000,00.
3.-) Utilidades: Bs. 2.540.000,00.
4.-) Vacaciones Anuales: Bs. 2.610.000,00.
5.-) Bono Vacacional: Bs. 480.000,00.
TOTAL BS. 16.730.000,00
Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo, mediante un solo experto nombrado de común acuerdo por las partes y a falta de acuerdo por el Tribunal, a los fines de efectuar:
La corrección monetaria de las sumas debidas desde la fecha de.....