este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano CASTILLA ESCAMILLA MAURICIO JOSE, titular de la cedula de identidad personal numero V-07.136.863, natural de Valencia Estado Carabobo, de 44 años de edad, hijo de Martín Castilla y de Juana Maria Escamilla, residenciado en el Barrio El Socorro, sector La Charneca, avenida La Mariposa, casa numero 43 Valencia estado Carabobo del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores; y en consecuencia se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad que pesa en su contra y se acuerda librar los oficios respectivos. Se condena en costas al Estado Venezolano de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal P.....