Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JUAN CARLOS ZAMORA, en su carácter de defensor ad-litem de la Sociedad de Comercio PROMOCIONES JULIETTE, C.A., contra la sentencia dictada el 02 de octubre de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por EXTINCION Y PRESCRIPCION DE HIPOTECA, incoada por los ciudadanos MARIA ESTHER ESTE DE VILLARROEL e ILDEMARO VILLAROEL RAMIREZ, contra la sociedad mercantil PROMOCIONES JULIETTE, C.A.- TERCERO: EXTINGUIDA LA HIPOTECA ESPECIAL DE SEGUNDO GRADO, constituida por los accionantes, ciudadanos MARIA ESTHER ESTE DE VILLARROE.....