Este tribunal una vez escuchada la voluntad de ambas partes homologa el presente acuerdo por considerar que se encuentra ajustada a derecho, y no vulnera derechos irrenunciables del accionante ni normas de orden público, dándole efecto de cosa juzgada y en consecuencia se da por concluido el proceso; entrega a cada parte las pruebas consignadas y ordenara el cierre del expediente