Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana YAMILE JOSELI COLINA SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.900.533, de este domicilio, la posesión y demás derechos sobre las bienhechurías construidas, en porción de TERRENO PRIVADO, el cual cuenta con un área de terreno de QUINIENTOS METROS CUADRADOS (500,00 Mts2), contando con un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (187,00 Mts2), ubicado en el SECTOR EL POLVERO, CARRETERA SAN DIEGO VÍA YAGUA, MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, cuyos linderos son: NORTE: Con el Lote M9-B, desde el punto 33F hasta el punto 33D, en una distancia de seis metros con dieciséis centímetros (6,16 Mts) y desde el punto 33C hasta el punto 33B, en una distancia de seis metros con ochenta y cuatro centímetros (6,84 Mts), con terrenos que son o fueron de Rans C.A., vía de acceso en medio, desde el punto 33A hasta el punto 34, en una distancia de cuatro metros (4,00 M.....