En tal sentido, de conformidad con los aspectos expuestos precedentemente, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, por cuanto en esa oportunidad anterior, fueron devueltas las actuaciones inherentes al varias veces mencionado asunto recursivo GP02-R-2012-000413, en virtud de la declaratoria sin lugar de la incidencia planteada por el Juez Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, ordena, previa la terminación informática del presente asunto, su remisión al Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, a los fines legales pertinentes. Así se resuelve.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, a los once (11) días del mes de abril del año dos mil trece. (2013). Años: 202° y 154°.
Juez Superior Cuarto del Tra.....