En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MIRIAN GUEVARA RAMIREZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de los demandantes, ciudadanos LUIS ALFONSO CABALLERO CARREÑO, ELISAUL ROMERO CAMPOY, PEDRO GONZALO MONTERO, VICTOR JULIO BRACAMONTE RAMIREZ, JUAN RODRIGUEZ, JUAN JOSE ACOSTA SILVA y GERARDO BUENO, al verificar esta Alzada, que no logró probar los derechos y defensas de los intereses que representa. Así se establece.-
CONFIRMA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 14 de enero de 2011, que declaró SIN LUGAR, l.....