Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: HOMOLOGA el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA de la ciudadana MARIA FLOR HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-2.850.148, por la demanda incoada por la ciudadana por la ciudadana ISABEL TERESA BASTIDAS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.190.122, asistido por el abogado CARLOS ENRIQUE NOGUERA LOPEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo los Nro. 76.756.
2. SEGUNDO: Se tendrá el presente documento privado constituido por un contrato de compra venta efectuada entre los ciudadanos ISABEL TERESA BASTIDAS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de .....