En conformidad con los aspectos argumentados precedentemente, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial, sede Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Competente para conocer de la presente inhibición propuesta por el Abogado Omar José Martínez Sulbarán, Juez Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Valencia. Así se declara.
SEGUNDO: Sin lugar la inhibición propuesta por el abogado Omar José Martínez Sulbarán, Juez Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Valencia. Así se decide.
TERCERO: Ordena la notificación de la presente decisión, a través de oficio, dirigido al funcionario judicial inhibido, abogado Omar José Martínez Sulbarán, Juez Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de Valencia. Así se ordena.
CUARTO: Ordena remitir el expediente al Superior Segundo del Tra.....