con el pago ofertado a ser cancelado en la forma propuesta se da por terminado el presente procedimiento y se satisfacen todos y cada uno de los conceptos objeto de la pretensión debidos a nuestra representada, tales como la antigüedad, intereses sobre las prestaciones, vacaciones vencidas, utilidades fraccionadas, días de descanso, horas extras, días feriados y la indemnización por despido. Ambas partes como consecuencia del acuerdo transaccional producido en este acto dan por terminado el presente procedimiento. El Tribunal visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso, y le imparte la homologación al convenimiento suscrito por las partes adquiriendo fuerza de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el numeral 2 del artículo 89 constitucional y el artículo 3 de la Ley Orgánica del.....