declara Parcialmente con lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y condena a la demandada FERRE TOOL’S. C.A; a cancelar la cantidad Bolívares novecientos tres mil trescientos diez y siete con noventa y dos Céntimos. (Bs. 903.317.92)
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, propugna en su artículo 92 que todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía, y que la mora en su pago genera intereses. Por lo cual se ordena el pago de los intereses moratorios sobre las cantidades condenadas a pagar, causados desde la fecha en la cual terminó la relación de trabajo hasta la fecha del efectivo pago, los cuales se determinarán mediante experticia complementaria del fallo, practicada por un único experto designado por el Tribunal, considerando para ello las tasas de interés fijadas por el Banco Central de Venezuela. Se ordena la corrección monetaria. S.....