Seguidamente el Tribunal vista la solicitud de la parte actora, acuerda lo solicitado, fija la oportunidad para la ejecución de la medida para la fecha lunes 14 de mayo de 2007, a las 9:00 de la mañana, así mismo se abstiene de materializar la medida de embargo preventivo, declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 6:00 de la tarde,