Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por los ciudadanos CARMEN TERESA GOITIA LUGO y LEONARDO ANTONIO ECHEVERRI HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-11.347.315 y V- 10.325.024 respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha Veintitrés (23) de Diciembre de 1998, cuando contrajeron matrimonio ante el Registro Civil del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo. Así se Decide.