En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARIANA ALZAMORA PAUCAR, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada CINDU DE VENEZUELA S.A., al probar parcialmente sus alegatos, y comprobarse en esta Alzada, derechos y defensas de los intereses que representa. Y así se decide.
DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JESUS LEON, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadanos OSMER MARTINEZ y ROBERT HERRERA, al no lograr probar sus alegatos, y no comprobarse en esta Alzada, derechos y defensas de los intereses que representa. Y así se decide.
MODIFICA la sentencia dictada.....