VI
DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la ciudadana YUDITH COROMOTO AGUDO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.392.825, y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado José de los Santos Montilla Montilla, en su carácter de Defensor Publico Segundo en Materia Agraria del estado Carabobo, sobre las bienhechurias ...
...En una extensión de terreno de aproximadamente SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADO CON C.....