III
DISPOSITIVO
En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: Perimida la instancia en la solicitud de divorcio por desafecto incoado por el ciudadano JOSÉ ALBERTO PARRA MELÉNDEZ, titular de la cédula de identidad No.V-7.174.666 debidamente asistido por la abogada Adelia Yuleine Perez Moreno inscrita en el Inpreabogado bajo el No 73.970 contra la ciudadana MINERVA DEL VALLE CASTELLANO RIERA, titular de la cedula de identidad Nro. 10.248.988.
SEGUNDO: Se ordena la Notificación de la parte actora, en aplicación del artículo 174 del Códi.....