´´-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBÁN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la Ciudadana CRISAIDA MARÍA COLMENARES SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.956.282, la posesión y demás derechos sobre las bienhechurías construidas, en porción de TERRENO PROPIO, con un área total de MIL CIENTO TRES METROS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (1.103,59 Mts²), ubicado en la HACIENDA LAS MERCEDES, PARCELA 5, SECTOR AGUIRRE, MUNICIPIO MONTALBÁN ESTADO CARABOBO, dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las .....