Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: CONDENA al acusado: EDUARDO JAVIER BLANCO PANDARES, de nacionalidad Venezolano, Natural de Guigue estado Carabobo, de 25 años de edad, de fecha de nacimiento: 23-05-1998, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 26.115.505, residenciado en: Las Vegas, Calle Principal, Casa SN, Parroquia Guigue, Municipio Valencia Carlos Arvelos, estado Carabobo, por la comisión del delito de FUGA DE DETENIDO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 258 DEL CÓDIGO PENAL, a cumplir la pena de TRES (03) MESES, Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, mas las accesorias de Ley establecida en el artículo 16.1 del Código Penal, mas las accesorias de Ley establecida en el artículo 16.1 del Código Penal, sentencia condenatoria por ADMISION DE H.....