Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano Federico Antonio Raga, titular de la cédula de identidad V-1.375.452, debidamente asistido por la abogada María Emilia Silva Quintero, cargo adscrito a la Defensa Pública del Estado Carabobo según resolución DDPG-2020-161, de fecha 12 de marzo de 2020, con motivo de Reconocimiento de Unión Estable de Hecho.