En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por los ciudadanos Tommaso Fioco, Carlos Enrique Otero Salgado y Tolemaida Albarran Noguera, en su carácter de Presidente, Vice-Presidente y Gerente General de la sociedad mercantil AUTO ALARMAS EL TRIGAL, C.A.. Plenamente identificados.