En merito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos IVAN ENRIQUE PEREZ BIZJACK y GENESIS ESTRELLA VALERO BELANDRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°(s) V- 18.589.784 y V- 20.967.307 respectivamente; en consecuencia, se DECLARA disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído ante la Oficina o Unidad de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia, Estado Carabobo, en fecha Tres (03) de Septiembre del año 2009. SEGUNDO: En aras de tutelar el Interés Superior del niño (se omiten los nombres de conformidad con el artículo 65 de la.....