En virtud de lo precedentemente expuesto, Tribunal Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre los ciudadanos RAFAEL RAMON FERNANDEZ, CARLOS RAFAEL GONZALEZ BORREGALES, EUGENIO SEGUNDO DEMEY PAZ, LUIS ESTEBAN CAMACHO BRACHO Y JHONI RAMON MARTINEZ LOPEZ, venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad Nº V- 7.171.321, V- 12.425.458, V- 4.525.982, V- 7.919.617 y V- 13.332.758 y la entidad de trabajo COSTA NORTE CONSTRUCCIONES C.A, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la secretaría para efectuar los trámites procesales correspondientes al archivo del presente expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Decim.....