En mérito de lo expuesto este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA RECUSACIÓN propuesta por la ciudadana JOSEFINA ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-5.747.439, debidamente asistida por el abogado FRANCISCO VILLAVICENCIO, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 5648, en contra de la abogada CARMEN ELENA JIMÉNEZ ESCALANTE, Secretaria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Valencia. SEGUNDO: Por cuanto contra la presente decisión no se admite recurso alguno conforme a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir el presente cuaderno con ofi.....