Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el recurso de hecho ejercido por el abogado Javier Giordenelli, titular de la cédula de identidad Nº 10.734.014, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.331, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad de comercio HIDROFERCA VALENCIA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 06 de julio de 1999, bajo el No. 78, Tomo 52.-A , contra el auto proferido por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 20 de octubre de 2011, en el cual negó la admisión de la apelación interpuesta por el representante de la recurrente de hecho, c.....