DECISIÓN
En razón de las anteriores consideraciones en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. SEDE PUERTO CABELLO, declara: 1º. SIN LUGAR, la acción por COBRO DE SALARIOS CAÍDOS, incoada por los ciudadanos HAYDEE MARGARITA SEQUERA CORONEL y PEDRO JULIAN GUEVARA ARÉVALO, plenamente identificados en autos, representados por los profesionales del derecho, Atilio Hernández, Carol Chacin y Freddy Caldera, contra la Alcaldía Bolivariana del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo. 2º. Se condena al pago de una multa ascendente a 10 Unidades Tributarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los fines de que se resarza al Estado Venezolano de los perjuicios causad.....