En atención a los razonamientos de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes citados, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Sin Lugar el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo de efectos particulares, contenido en la "PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SIGNADA CON EL N° 120470, DE FECHA 21 DE JUNIO DEL 2.012, PROFERIDA POR LA DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CARABOBO DRA. OLGA MARIA MONTILLA, ADSCRITO AL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL)", mediante la cual se declara: CERTIFICO: que se trata de Discopatía Lumbar: Prominencia del anillo fibroso L4-L5 y Hernia Discal L5-S1 (CIE10:M51.1), considerada como Enfermedad Agravada por el Trabajo, que le ocasiona al trabajador una Discapacidad Parcial Permanente para las actividades que impliquen: levantar, trasladar, hal.....