este Tribunal Cuarta de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, atendiendo a las previsiones del artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSE MANUEL LEON HERNÁNDEZ, Venezolano, natural de Trujillo, de 29 años de edad, soltero, profesión u oficio pastelero, cédula de identidad 15.258.843 y domiciliado en Bello Monte I, calle Pinto Salina, casa Nº 53, Valencia Estado Carabobo, por cuanto desde la fecha en que ocurrieron los hechos hasta la presente el Ministerio Público consideró que no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación así como tampoco encontró bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Así se decide. Líbrense oficios a la Dirección de Rehabilitación y Custod.....