Este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, de los ciudadanos EVELYN DE LA CRUZ JIMENEZ CHAVEZ y RAUL ANTONIO RODRIGUEZ DEL NOGAL, ya identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde 24 de Octubre de 1990, por ante el Juzgado Segundo de la Parroquia Distrito Federal, Circuito I de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, según consta en Acta Nº48, de misma fecha.