En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Augusto J. Cipriani Mago y Carlos de Freitas, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Belkys María Hernández Guedez. Así se decide.
MODIFICA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, de fecha 21 de abril de 2014, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda planteada por la ciudadana BELKYS MARIA HERNANDEZ GUEDEZ, contra el HOSPITAL NAVAL Dr. FRANCISCO ISNARDI. Así se decide.
DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda planteada por la ciudadana por la c.....