Este Tribunal dando cumplimiento a la Sentencia de la Sala Constitucional y por ser de carácter vinculante para todos los Tribunales de la República de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 49.3 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, habiéndose diferido el acto de constitución del Tribunal mixto en la presente causa por incomparecencia de los escabinos seleccionados en cinco oportunidades a pesar de las convocatorias realizadas por este despacho, en causa seguida a ANGEL EDUARDO MESA BOLIVAR, asume totalmente quien suscribe el poder jurisdiccional sobre la causa, prescindiendo de los escabinos seleccionados, debiendo en consecuencia, efectuarse la audiencia del juicio oral y público como Tribunal Unipersonal; en consecuencia este Tribunal fija Juicio Oral y Público en causa seguida al acusados, antes identificado, para el día 30-05-2006 a las 10:30 de la mañana.