IV.- DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO:CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada porla abogadaSULENNYS MAIRIN JIMÉNEZ LOSADA inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N°265.528, actuando en nombre y representación delos ciudadanos ILSE BEATRIZ URBINA BARRIOS y ANDRÉS EMILIO BRICEÑO DI MARCO,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-21.216.472 y
V-19.794.105, respectivamente;a tenor de lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil y en laSentencia Nº 446 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 15 de mayo de 2015, con Ponencia del Magistrado Dr. ARC.....