En el día hábil de hoy ocho (08) de Marzo de Dos mil Diez siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por motivos de cobro de prestaciones sociales, que incoara los ciudadanos, PEREIRA, WILLIAMS PEREIRA y EDDINSON OSORIO, en contra del INSTITUTO UNIVERSITARIO de TECNOLOGIA de PUERTO CABELLO, ente que se encuentra representado en esta acto por su apoderado judicial abogado, CARLOS RAFAEL JHONGE, inscrito en el inpreabogados Nº 22.525, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadanos, PEREIRA, WILLIAMS PEREIRA y EDDINSON OSORIO, ya identificados en autos no comparecieron a la realización de la audiencia preliminar, ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en.....