PRIMERO: Se Declara: LA FALTA DE JURISDICCIÓN de este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO para conocer de la demanda incoada por el ciudadano FRANKLIN OVIEDO, titular de la cédula de identidad número 15.653.62, en contra de la Sociedad Mercantil DAKA DE VENEZUELA C.A , inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 28 de julio de 2004, bajo el tomo 44-A, número 7, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO correspondiéndole su conocimiento a la Inspectoría del Trabajo correspondiente.
SEGUNDO: Se ordena la remisión por consulta obligatoria a la SALA POLITICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, con sede en la Ciudad de Caracas de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIME.....