DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, interpuesta por el ciudadano, OMAR JOSE JURADO MENDOZA, titular de la cedula de identidad nº 8.611.577, contra la entidad de trabajo FERTIVEN OPERACIONES C.A. Y así se declara.
En consecuencia la entidad de trabajo Fertiven Operaciones, c.a, deberá pagar al ciudadano Omar José Jurado Mendoza ya arriba identificado la cantidad de Quince Mil Novecientos Setenta y Ocho bolívares con cincuenta y nueve céntimos. (Bs 15.978,59).
Finalmente en caso de que la demandada no cumpliere voluntariamente con la sentencia, procederá el pago de intereses de mora sobre la cantidad condenada desde la fe.....