Por lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado VICTOR MANUEL GARCIA, en representación de la sociedad Mercantil MANPRECO MORON C.A.-
SEGUNDO: SE CONFIRMAN la Interlocutoria Con Fuerza de Definitiva donde se homologa la Transacción celebrada entre las Sociedades Mercantiles MANPRECO MORON C.A. CONSORCIO y CONSTRUCCIONES HCL C.A., y; el auto resolviendo la aclaratoria de sentencia solicitada por la parte demandante; dictadas respectivamente en fechas 20 y 30 de Mayo de 2013., por el Tribunal Primero de Primera Instancia de este Circuito Judicial.-